El absolutismo de Estado (que no debe ser confundido en cuanto tal, con la monarquía absoluta, de la cual no se trata aquí) consiste de hecho en el erróneo principio de que la autoridad del Estado es ilimitada y de que frente a ésta -incluso cuando da libre curso a sus intenciones despóticas, sobrepasando los límites del bien y del mal- no se admite apelación alguna a una ley superior moralmente obligatoria.
BENIGNITAS ET HUMANITAS
Su Santidad Pío XII
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